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Prácticas de Gobierno Corporativo y Novo Mercado

En 2000, B3 S.A. – Brasil, Bolsa, Balcão introdujo tres segmentos comerciales, con diferentes niveles de prácticas de gobierno corporativo, denominados Nivel I, Nivel II y Novo Mercado, con el objetivo de alentar a las empresas públicas a seguir las mejores prácticas de gobierno corporativo y adoptar un nivel adicional de divulgación de información en relación al exigido por la legislación. Los segmentos de cotización están destinados a la negociación de acciones emitidas por empresas públicas que se comprometen voluntariamente a cumplir con las prácticas de gobierno corporativo y los requisitos de divulgación de información, además de los ya impuestos por la legislación brasileña. En general, dichas reglas amplían los derechos de los accionistas y aumentan la calidad de la información que se les proporciona.

El Novo Mercado es el nivel más alto de gobierno de B3, requiriendo las máximas prácticas de gobierno corporativo entre los tres segmentos. Las empresas que cotizan en el Novo Mercado se someten voluntariamente a determinadas normas de gobierno corporativo más estrictas que las presentes en la legislación brasileña, obligándose, por ejemplo, a:

  • Emitir únicamente acciones ordinarias;
  • Mantener al menos el 25% de las acciones de la Compañía en circulación, o el 15%, en el caso de un ADTV (volumen medio diario de negociación) superior a R$ 25 millones;
  • Contar con un directorio integrado por al menos 2 o 20% de directores independientes, el que sea mayor, con un mandato unificado de máximo 2 años;
  • Divulgar hechos relevantes, información sobre ganancias y comunicados de prensa de resultados en inglés simultáneamente con el respectivo comunicado en portugués;
  • Hacer una presentación pública sobre los resultados de la información trimestral y de los estados financieros anuales de la Sociedad;
  • Informar mensualmente las negociaciones con valores emitidos por la Sociedad por parte de los accionistas controladores y personas vinculadas a ellos; y
  • Divulgar el calendario anual para cada año calendario, que contenga, como mínimo, las fechas de: (i) divulgación de los estados financieros anuales completos y estados financieros estandarizados (DFP); (ii) divulgación de información trimestral (ITR); (iii) celebración de la asamblea general ordinaria (AGO); y (iv) publicación del formulario de referencia.

La adhesión al Novo Mercado se produce mediante la suscripción de un contrato entre la sociedad, sus administradores y accionistas controladores y B3, además de la adecuación de los estatutos de la sociedad a las normas contenidas en el Reglamento del Novo Mercado.

Al firmar contratos, las empresas deben adoptar las normas y prácticas de Novo Mercado. Las reglas impuestas por Novo Mercado tienen como objetivo otorgar al mercado mayor transparencia sobre las actividades y situación económica de las empresas, así como mayores facultades para que los accionistas minoritarios participen en la gestión de las empresas, entre otros derechos.

Nuestras acciones ordinarias están admitidas a negociación en el Novo Mercado de B3 con la clave de pizarra “CAML3”.

Derecho de las Acciones Ordinarias de Camil

Entre los derechos que las acciones de Camil garantizan a sus tenedores destacan los siguientes:

  • Derecho de voto en las Asambleas Generales de la Sociedad, correspondiendo cada Acción a un voto;
  • Derecho al dividendo mínimo obligatorio, en cada ejercicio fiscal, equivalente al 25% del beneficio neto ajustado, de conformidad con el artículo 202 de la Ley de Sociedades Anónimas de Brasil;
  • Derecho a vender acciones en las mismas condiciones garantizadas al accionista controlador vendedor, en caso de venta directa o indirecta del control de la Sociedad, ya sea mediante una sola transacción o mediante transacciones sucesivas (100% tag together), en los términos del Reglamento del Nuevo Mercado;
  • Derecho a recibir dividendos íntegros y otras ganancias de cualquier naturaleza que sean declaradas por la Sociedad a partir de la Fecha de Liquidación o de la Fecha de Liquidación de las Acciones del Lote Complementario, según corresponda;
  • En caso de salida del Novo Mercado, derecho a vender las acciones de la OPA a su valor razonable, debiendo al menos 1/3 de los tenedores de las acciones en circulación aceptar la OPA o estar de acuerdo con la salida del segmento; y
  • Todos los demás derechos garantizados a las acciones, en los términos establecidos en el Reglamento de Cotización del Novo Mercado, en los Estatutos Sociales de Camil y en la Ley de Sociedades Anónimas de Brasil.
Regulación del Mercado de Capitales Brasileño

El mercado de valores brasileño está regulado por la CVM, que tiene la autoridad de supervisar y dictar normas generales sobre el poder disciplinario y la administración de las bolsas de valores y de las instituciones financieras registradas en la CVM, miembros del mercado de valores brasileño, así como por el CMN y por el BACEN, que tienen, entre otras, facultades para autorizar la creación y funcionamiento de casas de bolsa y regular las inversiones extranjeras y las operaciones cambiarias. El mercado de valores brasileño está regulado por la Ley del Mercado de Valores, así como por la Ley de Sociedades Anónimas y las normas emitidas por la CVM, el CMN y el BACEN. Estas leyes y regulaciones, entre otras cosas, determinan los requisitos de divulgación de información, las restricciones a la negociación de acciones mediante el uso de información privilegiada y la manipulación de precios y la protección de los accionistas minoritarios. Sin embargo, el mercado de valores brasileño no tiene el alto nivel de regulación y supervisión de los mercados de valores norteamericanos.

Según la Ley de Sociedades Anónimas de Brasil, una sociedad se clasifica como abierta si los valores emitidos por ella están admitidos a negociación en el mercado de valores brasileño o cerrada si no hay negociación pública de sus valores en el mercado de valores brasileño. Todas las empresas públicas deben estar registradas en la CVM y están sujetas a requisitos reglamentarios y de divulgación de información.

Una empresa registrada en la CVM puede negociar sus valores en B3 o en el mercado extrabursátil brasileño. Es necesario solicitar el registro en B3 y en la CVM para que una empresa pueda cotizar sus acciones en B3. Las acciones de empresas que cotizan en B3 no pueden negociarse simultáneamente en el mercado extrabursátil brasileño. Las acciones de una empresa que cotiza en B3 también se pueden negociar en operaciones privadas, sujeto a varias limitaciones.

El mercado extrabursátil brasileño, organizado o no, consiste en negociaciones entre inversores, a través de una institución financiera autorizada para operar en el mercado de capitales brasileño, registrada en la CVM. No se requieren requisitos especiales, aparte del registro en la CVM, para negociar valores de una empresa pública en el mercado extrabursátil no organizado. La CVM exige a los respectivos intermediarios que notifiquen todas las negociaciones realizadas en el mercado extrabursátil brasileño.

La negociación de valores en B3 podrá interrumpirse previa solicitud de la empresa emisora ​​antes de la publicación de un hecho importante. La negociación también podrá suspenderse por iniciativa de B3 o de la CVM, por o debido a, entre otras razones, indicios de que la empresa ha proporcionado información inadecuada sobre un hecho material o ha proporcionado respuestas inadecuadas a las preguntas formuladas por la CVM o por B3.

Inversión en acciones ordinarias de Camil por parte de no residentes en Brasil

El mercado de valores brasileño está regulado por la CVM, que tiene autoridad regulatoria sobre las bolsas de valores y los mercados de valores, así como por el CMN y el Banco Central, que tienen, entre otras facultades, autoridad para otorgar licencias a los corredores y autoridad regulatoria para las inversiones extranjeras y transacciones de divisas. El mercado de valores brasileño está generalmente regulado por la Ley nº 6.385, de 7 de diciembre de 1976, o la Ley del Mercado de Valores, la Ley de Sociedades Anónimas de Brasil y las normas y reglamentos emitidos por la CVM, el CMN y el Banco Central. Estas leyes y otras normas y reglamentos definen en conjunto los requisitos de divulgación de información aplicables a los emisores de valores cotizados en bolsas de valores, las sanciones penales por uso de información privilegiada y manipulación de precios, la protección de los accionistas minoritarios, los procedimientos de concesión de licencias, la supervisión de los corredores y la gobernanza de las acciones brasileñas. intercambios.

De acuerdo con la Ley de Sociedades Anónimas de Brasil, una empresa cotiza y cotiza en bolsa (empresa que cotiza en bolsa), como nosotros, o es de propiedad privada y no cotiza en bolsa (empresa de propiedad cerrada). Todas las empresas cotizadas están registradas en la CVM y están sujetas a divulgación periódica de información y requisitos de divulgación de hechos materiales.

El mercado extrabursátil brasileño, organizado o no, consiste en negociaciones entre inversores que son supervisadas por entidades autorreguladoras; autorizado por la CVM. No es necesaria ninguna solicitud especial, salvo el registro en la CVM, para que los valores de una empresa pública se negocien en el mercado extrabursátil. La CVM exige a las respectivas entidades supervisoras que proporcionen información sobre todas las operaciones realizadas en el mercado extrabursátil brasileño.

La negociación de valores de una empresa que cotiza en B3 puede suspenderse previa solicitud del emisor antes del anuncio de un hecho importante. La negociación también puede suspenderse por iniciativa de B3 o de la CVM, entre otras razones, por o debido a la creencia de que una empresa ha proporcionado información inadecuada sobre un hecho importante o ha proporcionado respuestas inadecuadas a consultas de la CVM o de B3.

La negociación en las bolsas de valores brasileñas por parte de no residentes en Brasil está sujeta a ciertas restricciones según la legislación brasileña sobre inversiones extranjeras.

Divulgación y uso de información

De acuerdo con la legislación del mercado de valores, debemos informar a la CVM y al B3 de la ocurrencia de cualquier acto o hecho relevante que concierna a nuestro negocio. La Instrucción CVM 358 prevé la divulgación y utilización de información sobre acto o hecho relevante relativo a empresas públicas, regulando lo siguiente:

  • Establece el concepto de hecho material, incluyendo en esta definición cualquier decisión de los accionistas controlantes, resolución de la Asamblea General o de los órganos de dirección de una sociedad anónima abierta, o cualquier otro acto o hecho de orden político-administrativo, técnico, empresarial o económico- naturaleza financiera que ocurrió o se relacionó con el negocio de la empresa, que puede influir significativamente en (a) el precio de los valores; (b) la decisión de los inversores de comprar, vender o mantener dichos valores; y (c) en la decisión de los inversores de ejercer cualesquiera derechos inherentes a la condición de tenedores de valores emitidos por la sociedad;
  • Dar ejemplos de actos o hechos potencialmente relevantes que incluyan, entre otros, la firma de un acuerdo o contrato de transferencia del control accionario de la empresa, la entrada o salida de un socio que mantenga un contrato operativo, financiero, tecnológico o administrativo o la colaboración con la empresa. , constitución, fusión o escisión de la sociedad o de empresas relacionadas;
  • Obliga al director de relaciones con inversionistas, a los accionistas controladores, a los directores, a los miembros del consejo de administración, al consejo fiscal y a cualesquiera órganos con funciones técnicas o de asesoramiento a comunicar cualquier hecho relevante a la CVM;
  • Requiere la divulgación simultánea de un hecho material en todos los mercados donde la empresa tenga sus acciones cotizadas para negociación;
  • Requiere que el adquirente de una participación mayoritaria en una empresa pública revele un hecho material, así como también informe su posible intención de cancelar el registro como empresa pública dentro de 1 (un) año de la adquisición;
  • Establece reglas relacionadas con la divulgación de la adquisición o venta de una participación relevante en una empresa que cotiza en bolsa; y
  • Restringe el uso de información privilegiada. De acuerdo con la Instrucción CVM 358, en circunstancias excepcionales, podemos presentar a la CVM una solicitud de tratamiento confidencial en relación con un acto o hecho material, cuando nuestros accionistas controladores o nuestros administradores entiendan que la divulgación pondría en riesgo el interés legítimo de la Compañía.

Actualizado el 12/09/2024 a las 03:23